ESTUDIOS DE SOLICITUDES DE ARRENDAMIENTO

  • ¿Cuánto tiempo se demora el estudio de una solicitud de Arrendamiento?

En el término de ocho (8) horas hábiles contadas a partir de la radicación de la solicitud de arrendamiento, se informa por escrito a la inmobiliaria el resultado de la investigación, manifestando Aprobación, Aplazamiento o Rechazo.

  • ¿Qué documentos debo presentar para el trámite de la solicitud de Arrendamiento?

Si alguno de los solicitantes es persona natural, debe acompañar la solicitud de los siguientes documentos:

INDEPENDIENTES:

Fotocopia de la Cédula  de Ciudadanía

Fotocopia de la última Declaración de Renta

Fotocopia de los extractos Bancarios de los (3)  últimos meses.

 

 

EMPLEADOS:  

Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía

Certificado Laboral  que incluya sueldo, cargo y  tiempo de servicio

Último desprendible de pago de nómina

Fotocopia de los extractos Bancarios de los (3)  últimos meses.

 

 

PENSIONADOS:

Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía

Fotocopia de los extractos bancarios de los (3) últimos meses – Acreditar ingresos diferentes a la  pensión.

 

Si alguno de los solicitantes es persona jurídica, debe acompañar la solicitud de arrendamiento con los siguientes documentos:

  • Fotocopia del NIT.
  • Certificado de  Existencia y Representación Legal
  • Estados Financieros recientes, certificados por contador público.
  • Fotocopia de la  última declaración de renta

 

Nota: Revisar la hoja de instrucciones que aparece en la solicitud de arrendamiento, antes de ser diligenciada.

3. ¿Dónde puedo cancelar el valor del estudio de Arrendamiento?
Puede efectuar el pago directamente en nuestras oficinas  ó realizando una consignación en la CUENTA DE AHORROS de COLMENA  N.   24500633975 a nombre de INCREMESA S.A.

  • ¿En dónde y en que horario se puede radicar una solicitud de arrendamiento?

 

La solicitud de arrendamiento puede ser radicada  en cualquiera de las oficinas autorizadas en las diferentes ciudades: 

CIUDAD

DIRECCIÓN

HORARIO PARA RADICACIÓN DE SOLICITUDES

Bogotá Oficina Principal

Cra 15ª N. 118-70

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Jornada Continua

Bogotá Oficina Av. Jiménez

Av. Jiménez N. 8-27

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Jornada Continua

Cali

Av. 5Norte N. 22N - 26

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:30 y 1:30 a 5:30 p.m.

5. ¿Cómo puedo consultar el resultado de una solicitud de Arrendamiento?
El resultado de la solicitud de arrendamiento puede ser consultado a través de esta Página Web en el costado izquierdo, la casilla con el nombre “Resultados Solicitud”

6. ¿Aceptan coarrendatarios con Finca Raíz en cualquier lugar del país?
Si,  la finca raíz debe ser idónea, y estar libre de cualquier limitación como:

  • Afectación a Vivienda Familiar.
  • Patrimonio de Familia.
  • Embargo
  • Usufructo
  • o cualquier otra limitación.

 

7. ¿En caso de no contar con coarrendatarios Cuándo no tengo Coarrendatarios, o garantías suficientes, que puedo hacer?
Manejamos la opción de CDT. El arrendatario debe diligenciar la solicitud de arrendamiento y adjuntar la documentación que posea y con base en esta información el comité estipula el monto del CDT.

8. ¿En qué entidades se puede constituir el CDT?
FINANDINA (Financiera)
Ubicado en:
Carrera 19 # 93 A – 45 Barrio Chico / PBX: 2191919 Ext: 200, 226 Fax: 230
Horario de atención: Lunes a Viernes 8:00 a.m. A 5:30 p.m.

DAVIVIENDA (Banco)
Ubicado en:
Centro Comercial Unicentro Norte (Carrera 15 # 123 – 30) Entrada Principal Primer Piso Local1-155 / PBX: 3300000 Ext.: 49742 Fax: 2130535.
Horario de atención: Lunes a Viernes 9:00 a.m. a 7:00 p.m. Sábados de 10:00 a.m. a 6:00 p.m.

9. ¿Qué debo hacer para constituir el CDT?
Es importante que confirmen con la inmobiliaria, si el inmueble aun continua disponible, antes de constituir el CDT, porque una vez constituido, NO se puede reversar la operación en la entidad donde usted lo constituyo.

  • Debe dirigirse a alguna de las entidades anteriormente mencionadas.
  • Constituir el CDT a su nombre y endosarlo en PROPIEDAD a INCREMESA S.A.
  • Debe entregar el CDT, en la oficina principal de INCREMESA S.A. (para su recepción, legalización y posterior APROBACIÓN de la solicitud de arrendamiento).
  • Una vez aprobada, debe comunicarse con la inmobiliaria para la firma del contrato.

 

10. ¿Qué debo hacer para la Devolución de mi CDT?
Requisitos para la devolución de CDT’S:


Esta documentación debe ser Original y Reciente.

INMOBILIARIA

TITULAR CDT PERSONA NATURAL

TITULAR CDT PERSONA JURIDICA

 

  • Original del Paz y salvo POR TODO CONCEPTO expedido por la inmobiliaria firmado por el Representante Legal.
  • Original del Certificado de Cámara y Comercio Reciente
  • Novedad de Retiro de la Póliza.

 

 

  • Realizar la entrega del inmueble.
  • Dejando a paz y salvo por todo concepto con la inmobiliaria.
  • Carta del titular del CDT solicitando formalmente la devolución del título.
  • Fotocopia de la cédula.

 

  • Carta del titular del CDT solicitando formalmente la devolución del título en papelería de la compañía.
  • Original del Certificado de Cámara y Comercio Reciente.
  • Fotocopia del RUT.
  • Fotocopia de la cédula del representante legal.

Nota: En el evento que el titular no pueda reclamar directamente el CDT, deberá presentar autorización del titular, debidamente autenticada en Notaria y fotocopia de la cédula de la persona autorizada.

INCREMESA S. A. realizará la entrega del CDT, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación de la Documentación requerida para la entrega del mismo, es importante recordar que los documentos antes mencionados deberán ser entregados con anticipación, evitando el vencimiento del CDT dentro del tiempo establecido para devolución, nuestra compañía no se hace responsable del vencimientos de dichos títulos, si no se presenta con anticipación, como se indica anteriormente.

11. ¿Los documentos que se presentan con la solicitud de arrendamiento son devueltos?
En ningún caso se devuelve la documentación, se le sugiere que tomen copias antes de presentarlos en nuestra compañía.

12. ¿Si no sale favorable del estudio si no sale favorable el resultado?
En ninguna caso se devuelve el dinero por el pago del estudio.
Excepto cuando los documentos no son radicados en nuestra compañía y valor del estudio es consignado en una de las cuentas bancarias de INCREMESA S.A. Para la devolución del dinero deben presentar la consignación original en la Oficina Principal.

13. ¿Aceptan estudios aprobados de otras compañías de Seguro de Arrendamientos?
Si, para ello deben presentar:

  • Copia de la aprobación
  • Solicitud de Arrendamiento de INCREMESA S.A. completamente diligenciada y firmada por cada uno de los solicitantes.
  • Copia de toda la documentación.
  • Cancelar $20.000 para un valor asegurado inferior a $1.000.000; Valores superiores deben cancelar el (5% del valor a asegurar + 16% de IVA) /2

 

14. ¿Qué vigencia tiene un estudio Aprobado?
Tanto para el arrendatario como para cada unos de sus coarrendatarios cuenta con una vigencia de cuatro (4) meses, a partir de la fecha de radicación de la solicitud de arrendamiento.

 

15. ¿Qué sucede si presento Fiadores de Profesión u Oficio?
Quien suministre información que no corresponda a la realidad incurre en delito de falsedad de documentos privado Art. 221 -222 C.P.C., causando esto la negación automática de la solicitud de arrendamiento.

16. ¿En caso de encontrar un inmueble que cuente con un canon diferente al inicialmente aprobado que debo hacer?
Para ello deben comunicarse a nuestro PBX: 2153411 Ext. 102, allí con gusto les estarán ampliando esta información.

 

POLIZA AGRUPADORA DE ARRENDAMIENTOS

¿Qué cubre la Póliza Agrupadora de Arrendamiento de Seguros Cóndor?
Esta Póliza cubre a  la inmobiliaria y sus clientes propietarios,  ante el eventual  incumplimiento por parte de los arrendatarios en el pago de los cánones de arrendamiento, las cuotas de administración, el IVA, los servicios públicos y los daños ocasionados al inmueble.

¿Qué vigencia  tiene la Póliza Agrupadora de Arrendamiento?
Esta Póliza tiene la característica de renovarse automáticamente, mientras la inmobiliaria mantenga contratos de arrendamiento asegurados.
El pago se causa mensual o anualmente, según como haya pactado la inmobiliaria con el propietario del inmueble.

¿Qué documentación debo anexar para que me expidan la Póliza Agrupadora de Arrendamientos de Seguros Cóndor S.A.?

  • Certificado de Cámara de Comercio Original (Reciente)
  • Copia de Matricula de Arrendador
  • Modelo del contrato de arrendamiento y administración utilizado por su compañía
  • Copia del RUT
  • Fotocopia de la cedula de ciudadanía del Representante Legal
  • Estados Financieros
  • Declaración de Renta (Si la empresa es recién constituida anexar balance de iniciación o apertura, o los documentos de los socios como persona natural)

¿En cuanto tiempo me puede ser otorgada la Póliza de Colectiva Arrendamientos?

Después de presentada la documentación requerida por la aseguradora el estudio de la póliza durara máximo 5 días hábiles

¿Cuál es la forma de pago de la prima?
La prima de seguro deberá ser pagada por la entidad asegurada cuando el EXTRACTO DE CUENTA, documento que llega en la facturación,  registre un saldo a cargo, este pago deberá efectuarse dentro los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo.

¿Dónde puedo cancelar el valor de la prima de la Póliza de Arrendamientos?

Puede efectuar el pago por medio de transferencia electrónica ó realizando una consignación en la CUENTA DE AHORROS de AV-VILLAS  N.  073-04000-8 a nombre de SEGUROS CONDOR S.A. para validar este pago en nuestro sistema es necesario entregar en INCREMESA S.A. copia de la transferencia ó copia al carbón de la consignación.

¿La aseguradora acepta que se hagan cesiones de contratos?

La aseguradora acepta la incorporación a la Póliza Agrupadora de Arrendamientos de los contratos que hayan sido cedidos por una firma que este amparada con nuestra póliza.

¿Que requisitos debo tener en cuenta para hacer una cesión de contrato?

    • Los inmuebles se deben encontrar asegurados
    • El retiro de la póliza hecho por la inmobiliaria que cede, no supere (01) un mes
    • La cesión se es establecida por las pautas estipuladas por SEGUROS CONDOR S.A.

     

RECLAMACIONES DE SINIESTROS

1. Cual es el tiempo máximo para efectuar una reclamación de siniestro por anexo de servicios públicos, reconexion, reinstalaciones y/o daños y faltantes?
Usted puede efectuar la reclamación estando el arrendatario ocupando el inmueble o después de su entrega en un termino no mayor a 120 días contados a partir de la fecha de entrega del inmueble.

2. Que documentos se deben presentar para la reclamación de siniestro por anexo de servicios públicos, reconexion, reinstalaciones y/o daños y faltantes?

  • Reclamación por anexo de servicios públicos y/o daños y faltantes.
  • Inventario inicial y final.
  • Recibos originales debidamente cancelados.
  • Certificaciones expedidas por las empresas prestadoras de los servicios y/o declaración juramentada efectuada por la inmobiliaria donde manifieste que el pago fue efectuado por la inmobiliaria.
  • Relación de daños y sus respectivas tres (3) cotizaciones.

 

3. Como debo efectuar la inscripción de la cuenta para el pago posterior de las reclamaciones de siniestros?

Presentar los siguientes documentos:

  • Autorización de pago con abono en Cuenta SEGUROS CONDOR S.A., firmado por el representante legal de la inmobiliaria.
  • Certificación bancaria no mayor a treinta (30) días donde se especifique el número de cuenta, titular de la cuenta y modalidad de la cuenta.

 

4. Se modifica o agrava el estado de riesgo cuando fallece o quiebra alguno de los arrendatarios, o hay embargo o secuestro del bien inmueble asegurado?

El asegurado esta obligado a mantener el estado del riesgo y a notificar los hechos o circunstancias que llegare a conocer y sobrevengan con posterioridad a la celebración del contrato y que agraven el riego como son:

  • Muerte o quiebra de de los alguno cánones de los de arrendatarios.
  • Embargo de los cánones de arrendamiento.
  • Secuestro.

 

5. La póliza cubre cláusulas penales, cobro de intereses moratorios, sanciones moratorias, cobros judiciales?
La presente póliza no cubre estas sumas por ser una exclusión contemplada en las condiciones generales de la póliza condición segunda "exclusiones”.

6. Existen fechas puntuales para la presentación mensual de siniestros, novedades.

Si, existen unas fechas de acuerdo al cronograma que se encuentra vigente.

7. Para la presentación de un siniestro por cánones de arrendamiento, debo presentar algún documento?

  • Reclamación de Arrendamiento
  • Contrato de Arrendamiento
  • Linderos generales y específicos según el caso.

 

8. Que sucede si las reclamaciones no se presentan en las fechas previstas?
Las reclamaciones de siniestro deben presentarse del 5 al 10 de cada mes según cronograma, y aquellas reclamaciones que se presenten después del 10 se consideran extemporáneas y se les colocara el respectivo sello de extemporáneo.

9. Cuando el inquilino se encuentre en mora que debe hacer?
Si se encuentra en mora de más de 35 días debe contactarse con:
INCREMESA S.A. investigación crediticias y comerciales.
Cra. 15 a No. 118 - 70
Teléfono: 2153411 extensión 108-110
Si no ha cumplido con el tiempo de mora debe dirigirse directamente a su arrendador.

10. Como pueden realizar los pagos el inquilino en mora?
En efectivo y/o cheque de gerencia.